Con el objeto de cumplir la normativa FEAP y poder justificar la formación continua de todos y todas las personas acreditadas como Psicoterapeutas FEAP con 5 o más años de acreditación, la FEAP ha establecido este procedimiento:
PRIMERO: en una primera fase, los y las psicoterapeutas tendrán que enviar a la AETG la documentación (certificados, diplomas, etc.) conforme lo establecido en el artículo 21.5 y en la Disposición Final Primera de los Estatutos de la FEAP. También se pueden ver estos requisitos en el Manual de procedimientos de FEAP (páginas 8 y 17).
SEGUNDO: La Junta Directiva de la FEAP establecerá el procedimiento de verificación de los expedientes de los psicoterapeutas.
TERCERO: Esta norma no aplica a las personas acreditadas como Docentes y Supervisoras.
PASOS A SEGUIR:
- Solo tendrás que hacer este procedimiento si tienes la acreditación como Psicoterapeuta FEAP desde hace 5 o más años.
- Supervisa y recopila la documentación conforme a los méritos que establece FEAP en su normativa y el cuadro de Formación Continua (Estatutos y Manual de procedimiento).
- Has de justificar al menos 250 horas de formación continuada.
- Escanea toda la documentación justificativa en un único documento pdf.
- Envía la documentación a la AETG a través del formulario habilitado para ello antes del 15 de diciembre.